Después de 54 años de haberlo suscrito por primera vez, ambos países alcanzaron el consenso de los diferentes actores de la industria de la aviación para modificarlo y enviarlo al Senado de la República para su revisión y ratificación.
A través de un comunicado, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que el acuerdo representa para México una apertura ordenada que expande los servicios, potencia la industria aérea y asegura la conectividad interna.
Asimismo aclaró que no considera un esquema de cielos abiertos ni el cabotaje; es decir, no se autoriza que entre dos ciudades mexicanas vuele una aerolínea extranjera, como tampoco que entre dos ciudades norteamericanas vuele una mexicana.
El convenio prevé que en vuelos de pasajeros se darán las llamadas tercera y cuarta libertades del aire sin ninguna limitante, de tal manera que cualquier aerolínea de ambas naciones podrá realizar vuelos, de ida y regreso, entre ciudades de los dos países sin restricción.
La SCT aseguró que lo anterior permitirá el aumento del número de rutas entre sus ciudades y facilitará la participación de todas las aerolíneas que cuenten con la capacidad de volar entre ambos territorios, lo que diversificará la oferta y beneficiará a los usuarios de los servicios aéreos de pasaje y carga.
En materia de carga la tercera, cuarta, quinta y séptima libertades se aplicarán sin restricción alguna, en donde la séptima libertad se refiere a los vuelos de aerolíneas pertenecientes a un país que podrán realizar viajes desde una ciudad de la contraparte hacia un tercer país.